lunes, 4 de marzo de 2013

COMPRA DE  UNA VIVIENDA NUEVA

Cuando compramos una vivienda nueva, debemos conocer bien nuestros derechos, para ello es fundamental obtener toda la información relevante y estudiarla antes de firmar cualquier documento o comprometerse abonando una señal.

Es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:
  • Proyecto de obra,  comprobar que constructores y promotores cuentan con los permisos necesarios, analizar cuidadosamente la documentación y, preguntar todo aquello que plantee dudas.
  • La publicidad  debe cumplir los siguientes requisitos: ser veraz, no inducir a error, no silenciar datos fundamentales en aspectos económicos. Es muy importante conservar toda esta publicidad para posibles futuras reclamaciones.
  • Visitar la vivienda o parcela, comprobando su ubicación, orientación, materiales, etc. 
  • Información previa a la firma del contrato, la normativa establece que el oferente de la vivienda debe poner a disposición de los consumidores: los datos de la vivienda, los datos de su empresa, copia de las autorizaciones legalmente exigidas para la construcción , estatutos y normas de funcionamiento de la comunidad de propietarios, información relativa al pago de tributos, normas de utilización de la vivienda, información sobre la documentación del contrato, derecho a elegir al notario, libro del edificio (que debe contener a su vez : planos, traslado de anotaciones, normas de uso y mantenimiento, calidades de los materiales, normas de actuación en caso de siniestro o emergencia.)...
  • Contrato, es imprescindible leerlo con detenimiento y se puede solicitar una copia antes de firmarlo y,  las dudas hay que consultarlas con un profesional. 
  • Precio y  condiciones de pago, la ley establece que la información al respecto debe ser muy detallada. Son obligatorios los siguientes datos: precio total, medios de pago admitidos, recargos sobre las cantidades aplazadas, hipoteca, información al de la responsabilidad hipotecaria de su vivienda, garantías que debe cumplir el comprador por el precio que resulte aplazado,...
  • Garantía, la ley establece que durante los 10 primeros años los daños materiales causados por defectos estructurales son responsabilidad de la empresa constructora, también está garantizado el comprador durante los 3 primeros años por los defectos que afecten a la habitabilidad de la vivienda (higiene,salud y protección del medio ambiente).   

 Lucía Rincón 

  

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